Ollanta Humala se encuentra
en una encrucijada. Sólo a él le corresponde decidir si otorga o no el indulto
al sentenciado Alberto Fujimori, si optar por la impunidad o la humanidad. Un indulto se otorga a favor de un sentenciado, suprime excepcionalmente
su pena sin eliminar el delito e
implica un
perdón a nombre del Estado de la condena.
Al respecto, es interesante repasar algunas cuestiones sobre el ejercicio de
esta prerrogativa presidencial, reconocida constitucionalmente.
1. Ollanta no está prohibido de
indultar a Fujimori. En primer lugar, la Corte Interamericana no ha proscrito
expresamente el otorgamiento del indulto. En el
caso Barrios Altos prohibió que el Estado realice cualquier acto que
impida investigar y sancionar a los responsables de graves violaciones de
derechos humanos, como amnistiar. Esta interpretación fue seguida por el TC en
el caso Martin Rivas. Siguiendo la postura de la CIDH, algunos sectores -como
Amnistía Internacional- opinan que el indulto también está vedado, pues una
condena ha de ser cumplida sin excepción. En efecto, el indulto no debe ser
otorgado si se usa como herramienta para extraer irregularmente al sentenciado
del sistema penal, pero podrá evaluarse su otorgamiento cuando estén en juego
otros bienes constitucionales y dentro de circunstancias excepcionales.
Incluso, desde el punto de vista de su efectividad simbólica, cuando la familia
de Fujimori lo solicite, estará reconociendo tácitamente que el patriarca es
culpable, entre otros delitos, de asesinatos durante su gobierno.
2. Se puede indultar por
razones humanitarias. Ollanta no utilizaría correctamente esta gracia presidencial si
lo hace como reconocimiento
de la trayectoria presidencial de Fujimori o por un uso especial en el pasado
(los fujimoristas alegan que cuando el actual primer ministro Jiménez Mayor fue
viceministro en el gobierno de Paniagua hubo indultos hasta ‘por gastritis’) ni
tampoco denegarlo como crítica a la indolencia que muchas veces se cuestionó al
ex presidente. En la actualidad, existe consenso tanto teórico como normativo
en que sólo si existen motivos humanitarios fundados es posible otorgar un
indulto, sustentado en una base fáctica que justifique el pedido. Actualmente,
los requisitos para otorgar el indulto están señalados en la Resolución Ministerial 162-2010-JUS,
siendo uno de ellos sufrir no únicamente una enfermedad terminal, sino una avanzada, progresiva, degenerativa e incurable cuyas condiciones de reclusión podrían colocarlo en grave
riesgo, como alega la familia Fujimori. El pedido
será evaluado y calificado, antes que por el presidente, por la Comisión de
Gracias Presidenciales.
3. Corresponde
definir si Fujimori tiene una ‘enfermedad grave’. Aunque algunos aseguran que sufre un
granuloma no cancerígeno, el círculo
cercano del ex presidente asevera que desde 1997 tiene una neoplasia
epidermoide de la cavidad oral, cáncer crónico moderado, que para los especialistas
del INEN no se ha agravado debido al estricto control médico e intervenciones
quirúrgicas permanentes. Para la OMS, este mal rara vez se
transforma en terminal (metástasis) y, según lo ha resaltado el mismo Fujimori en
una carta hecha pública por su hija, el carcinoma aparecido en la lengua ya ha sido
controlado.
4. También
corresponde examinar la repercusión de la condición carcelaria. En segundo
lugar, cabe preguntarnos
si la reclusión de Fujimori implica un perjuicio para su vida, integridad o
salud. Según la Defensoría del Pueblo, cumple
condena en una instalación de 60
metros cuadrados en la DINOES, con un tópico de salud permanente, enfermera 24
horas y visitas constantes de familiares, amigos y médico de cabecera, además
de gozar de un tratamiento oncológico externo de primer nivel. Corresponde establecer
si con este régimen penitenciario (superior con creces al del resto de 50.000
internos en el país), el supuesto cáncer que lo agobia se agravará.
5. Ollanta tiene que tener cuidado del control
judicial de su decisión.
La base fáctica-médica del indulto no puede
fantasearse y cualquier intento de trastocar la realidad acarrearía
consecuencias jurídicas, como cuando se anuló el indulto a favor de un
broadcaster. Justamente analizando el caso Crousillat, el TC señaló que esta gracia
presidencial no puede ser arbitraria, y que está
habilitada la interposición de un amparo contra la resolución administrativa
que lo otorga porque, aun cuando ésta goza de la calidad de cosa juzgada, es
exigible su compatibilidad constitucional al no existir zonas exentas de
control judicial. Además, en el caso Jalilie, señaló que si la concesión del
indulto no se sustenta con claridad en razones humanitarias violaría el
principio de igualdad y los fines de la pena. Por otro lado, sería políticamente
incorrecto para el gobierno nacionalista que posteriormente su decisión sea
revocada.
6. Su decisión no condiciona a Humala en
otros casos. En caso
que se decidiera indultar a Fujimori, ello no implicaría la obligación de
otorgarlo en casos similares. La igualdad exigida por el TC consiste en que a
todos los solicitantes se les exija probar de la igual manera la gravedad de su
enfermedad para ingresar a la lista entregada al presidente, quien decidirá
posteriormente según el principio de oportunidad. Decir lo contrario podría
llevarnos al absurdo de asegurar que si se indulta a
Fujimori, también debería indultarse a Abimael Guzmán quien purga
condena en la dura Base Naval y que, según su abogado, tiene un delicado estado
de salud y ha renunciado a la lucha armada. Quizá a partir de esta equivocada interpretación
Movadef ha apoyado públicamente el indulto a Fujimori.
7. El indulto a Fujimori tendría efecto sobre las
fuerzas congresales. El
presidente debe analizar con tranquilidad los costos y beneficios de su
decisión. Podría asumir que sería políticamente beneficioso otorgar el indulto
si necesita el apoyo de la bancada de Fuerza 2011l, en vista que Gana Perú ha tenido importantes bajas.
Hasta ahora los fujimoristas han actuado como oposición (por ejemplo
con el último
pedido de interpelación de un ministro), pero en el futuro podría ser un aliado
del oficialismo (por ejemplo, para cambiar la ley electoral y permitir que
Nadine postule en el 2016). Si opta por cautivar a la segunda fuerza política
en el Congreso, hay una alta posibilidad de perder el apoyo de Perú Posible,
hasta el momento aliado de los nacionalistas, que ha exigido de Fujimori el perdón al país y el pago de la reparación económica exigida en las sentencias
condenatorias, desembolso también requerido por el presidente del PJ, César San
Martín, hechos que sólo tendrían un efecto
simbólico y de muy difícil cumplimiento.
8. Humala debe tener en cuenta también su apoyo
electoral: Asimismo, como Ollanta es consciente que
ha ido reduciendo paulatinamente su popularidad, con el indulto gozaría de la
simpatía de los fujimoristas y del más del 50% de la población, que según las
últimas encuestas, estaría a favor de la libertad del ex presidente. Pero a la
vez debería preocuparse que actuar así implicaría perder
el apoyo de muchos de sus electores que lo veían como el personaje antagónico a
Keiko; rindiéndose ante la impunidad, ofendiendo a las víctimas y
renunciando a un discurso preelectoral crítico del gobierno de los noventa,
sobre todo si se hizo conocido con un sonado levantamiento militar contra el
régimen.
Más allá del apasionamiento de quienes no ven obstáculos para concederla y de quienes creen lo contrario, Humala tiene que ser consciente de los efectos jurídicos y políticos de la opción por la cual decantarse. Hasta ahora no ha revelado qué hará, aunque insistir en el proceso de extradicción de Fujimori por el caso de los periódicos chicha no es una buena señal para quienes apuestan por ver en libertad nuevamente al ‘chino’.
(VÍCTORHUGO MONTOYA CHÁVEZ)
Seria bueno un ejercicio de los posibles escenarios aplicando teoria de juegos, que dicen? se animan a hacerlo? Slds por el blog. Eduardo
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